Guía del impuesto vehicular Bogotá 2026: tarifas, fechas de pago, descuentos y qué pasa si no cumples con esta obligación.
El impuesto vehicular en Bogotá es una obligación anual que deben pagar los propietarios de vehículos matriculados en la ciudad. Para 2026, este tributo se calcula según el avalúo comercial del vehículo y debe pagarse dentro del calendario establecido por la Secretaría Distrital de Hacienda.
En esta guía encontrarás cómo funciona el impuesto vehicular en Bogotá, quiénes deben pagarlo, cómo se calcula, las fechas clave, descuentos disponibles y qué pasa si no se paga a tiempo.
El impuesto vehicular en Bogotá es un tributo distrital que deben pagar anualmente los propietarios de vehículos automotores matriculados en la ciudad.
Este impuesto es administrado por la Secretaría Distrital de Hacienda y aplica tanto para carros particulares como para motocicletas que superen determinado cilindraje.
Su valor depende del avalúo comercial del vehículo definido oficialmente cada año.
Deben pagar el impuesto vehicular en Bogotá:
Propietarios de carros particulares matriculados en Bogotá.
Propietarios de motocicletas con cilindraje superior a 125 cc.
Dueños de vehículos nuevos matriculados durante el año.
Personas naturales o jurídicas con vehículos registrados en la ciudad.
No están obligadas a pagar:
Motos de hasta 125 cc.
Bicicletas eléctricas no registradas como vehículo automotor.
Vehículos exentos por normativa especial.
Es importante recordar que el impuesto se paga en la ciudad donde está matriculado el vehículo, no donde circula.
El impuesto vehicular se calcula aplicando una tarifa sobre el avalúo comercial del vehículo.
Las tarifas varían según el rango de valor del vehículo. Generalmente se estructuran así:
Rango de avalúo comercial | Tarifa aproximada
Hasta determinado valor | porcentaje menor
Entre rango intermedio | porcentaje medio
Rango superior | porcentaje mayor
Mientras más alto sea el avalúo del vehículo, mayor será la tarifa aplicada.
El avalúo comercial es definido anualmente por el Ministerio de Transporte y sirve como base para calcular el impuesto.
La fórmula general es:
Impuesto vehicular = Avalúo comercial × Tarifa correspondiente
Ejemplo práctico:
Si un vehículo tiene un avalúo comercial de 50 millones de pesos y la tarifa aplicable es del 1,5 %, el cálculo sería:
50.000.000 × 0,015 = 750.000 pesos
Este valor puede variar según actualizaciones oficiales y beneficios aplicables.
Entender cómo se calcula permite prever el impacto financiero del impuesto cada año.
El pago del impuesto vehicular se realiza dentro de un calendario oficial que incluye:
Fecha límite con descuento por pronto pago.
Fecha límite sin descuento.
Fecha a partir de la cual se generan intereses de mora.
El calendario tributario es publicado cada año por la Secretaría de Hacienda y es fundamental revisarlo para evitar sanciones.
Pagar antes del vencimiento puede representar un ahorro importante.
Sí. Bogotá suele ofrecer un descuento por pronto pago si el impuesto se cancela antes de la primera fecha límite establecida en el calendario tributario.
El porcentaje de descuento puede variar cada año, pero suele representar un incentivo para quienes cumplen anticipadamente con la obligación.
El descuento se aplica automáticamente al generar el recibo dentro del periodo autorizado.
No pagar el impuesto vehicular en Bogotá puede generar:
Intereses de mora acumulados diariamente.
Sanciones adicionales.
Procesos de cobro coactivo.
Embargo de cuentas o bienes.
Dificultades para realizar el traspaso del vehículo.
Además, no estar al día con el impuesto puede afectar directamente la posibilidad de vender el vehículo.
Si estás pensando en vender tu carro, debes tener el impuesto vehicular al día.
Para realizar el traspaso del vehículo es necesario que no existan deudas pendientes relacionadas con impuestos o multas.
Un comprador informado solicitará verificar:
Que el impuesto esté pagado.
Que no existan intereses acumulados.
Que el vehículo tenga paz y salvo tributario.
Tener obligaciones pendientes puede retrasar la venta o afectar el valor negociado del vehículo.
Mantener el impuesto al día también protege el valor comercial del carro.
En Bogotá, las motocicletas con cilindraje superior a 125 cc deben pagar impuesto vehicular.
El cálculo se realiza bajo el mismo principio que para los carros: avalúo comercial por tarifa correspondiente.
Las motos de menor cilindraje están exentas de este impuesto, aunque deben cumplir con otras obligaciones como SOAT y revisión técnico-mecánica.
Sí. Mientras el vehículo esté matriculado y activo, el impuesto debe pagarse independientemente de su uso.
Si el vehículo sigue matriculado y no ha sido cancelada la matrícula, la obligación tributaria continúa.
Generalmente debe pagarse en una sola cuota dentro del calendario establecido.
Puedes revisar el estado de cuenta en la plataforma oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda.
No directamente, pero tener deudas pendientes puede afectar el proceso de venta y la percepción del comprador.